Teniendo en cuenta la entrada en vigencia de la Ley 2101 de 2021 “Por medio de la cual se reduce la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores y se dictan otras disposiciones”, el Ministerio del Trabajo ha expedido un concepto unificando el criterio frente a los puntos más relevantes a los cuales se refiere la ley, en donde es importante destacar lo menciona respecto de algunos puntos:
1. Fórmula para calcular el valor de la hora de trabajo:
Antes de la implementación de la reducción gradual de la jornada laboral, la fórmula para calcular el número de horas laborales que tiene un mes era la siguiente: 48 horas laborales se divide entre 6 días laborales, lo que da como resultado 8, entonces 8 se multiplica por 30 que son los días laborales que tiene un mes, lo que da como resultado 240 que serían las horas laborales que tiene un mes. Ahora, a partir de la aplicación de la reducción de 1 hora de la jornada laboral, el Ministerio del Trabajo aclaró que la fórmula que se sigue aplicando es la misma, en donde 47 horas laborales se divide entre 6 días laborales, lo que da como resultado 7,83 entonces 7,83 se multiplica por 30 que son los días laborales que tiene un mes, lo que da como resultado 234,9 que redondeado es 235 que serían las horas laborales que tiene un mes.
En consecuencia, para obtener como resultado el valor de la hora de trabajo de un trabajador, se toma el valor del salario devengado por el trabajador y se divide entre 235 horas al mes, obteniendo como resultado, el valor hora del trabajador según cada caso particular y concreto. En este sentido, aplicando la fórmula explicada, las horas laborales que tendrá un mes se reducirán en conjunto con la disminución gradual de la jornada laboral así: 235, 230, 220 y finalmente 210.
2. Eliminación de la obligación de la concesión de dos horas semanales para dedicación exclusiva para actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación y jornada laboral semestral para que el trabajador disfrute con su familia.
En cuanto a estas dos obligaciones, el Ministerio del Trabajo aclara que estas solo se eliminarán hasta que se implemente en su totalidad la reducción gradual de la jornada laboral, es decir, hasta que se implemente la jornada laboral de 42 horas semanales. En este sentido, explica que mientras se implemente la reducción gradual de la jornada laboral, el empleador y trabajadores podrán acordar ajustar esta obligación en forma proporcional.