El objetivo de este artículo es darte a conocer la relación que existe entre responsabilidad civil y la especialidad médica llamada cirugía plástica, primero, es conveniente hacer alusión a ciertas definiciones:
Responsabilidad civil: en sentido amplio y de manera simple, la responsabilidad civil es la obligación que tiene una persona (natural o jurídica) de reparar un daño y que este último causó un perjuicio (patrimonial o extrapatrimonial).
Cirugía plástica: especialidad médica quirúrgica que se encarga de corregir, mejorar o alterar características físicas en el cuerpo humano, aquí es importante resaltar que no toda cirugía plástica es una cirugía estética, está última tiene como objetivo mejorar la apariencia del cuerpo con fines de satisfacción, es así como, la cirugía plástica puede ser reconstructiva y/o estética.
Al definir tanto la responsabilidad civil como la cirugía plástica, se puede afirmar que eventualmente cuando no se cumple o no se lleva cabo la diligencia y cuidado por parte de quien realiza la cirugía plástica, el profesional médico estaría obligado a reparar a su paciente por el daño causado.
En otras palabras, si el galeno (profesional que tiene título de médico y que además curso y aprobó la especialidad en cirugía plástica) inobservo la lex artis ad-hoc y produjo un daño y sí ese daño fue producto del procedimiento realizado, entonces tendrá que responder.
La lex artis ad-hoc es aquella práctica médica generalmente aceptada, en un tiempo y lugar determinados para un paciente en concreto.
Ahora bien, en la esfera de la responsabilidad civil, el o la profesional de medicina especialista en cirugía plástica tendría que pagar unos perjuicios por no cumplir esa la “ley del arte”, casi siempre son cifras millonarias, razón por la cual, se recomienda seguir lo descrito en la lex artis ad-hoc, que en la jerga médica se conoce como: seguir las recomendaciones de la medicina basada en la evidencia.
Si por alguna razón en la cirugía plástica se pactó un contrato y en este se determinó un resultado especifico posterior a la intervención quirúrgica y no se cumplió, entonces, podría conllevar responsabilidad por parte del profesional de medicina.
¡En Lacco te asesoramos porque nos importas! Si eres un profesional de la salud de: medicina, odontología, enfermería, instrumentación quirúrgica, nutrición, bacteriología, terapia respiratoria o disciplinas afines y estás en un proceso de responsabilidad civil u otro tipo de responsabilidad, contarías con una firma calificada para ayudarte en tu situación, así mismo, si eres una persona jurídica (empresa o institución hospitalaria) también te podríamos ayudar.
Si eres un paciente que sufrió un daño por una atención médica podemos revisar tu caso y así poderte asesorar de la mejor manera.
Elaboró: Jose Manuel Florez Ramos el 21 de septiembre de 2021
2 comments
Jose Manuel
marzo 22, 2022 at 12:32 am
Asombrosamente interesante este post tocante a la medicina estética.
Ojalá ver más posts así.
Jose Antonio
marzo 29, 2022 at 3:51 pm
Bastante útil este post referente a tratamientos estéticos.
Ojalá ver más publicaciones así.